lunes, 12 de diciembre de 2011

Certificados de profesionalidad

Certificados de profesionalidad

 
 

¿Qué es un certificado de profesionalidad?

  • Un certificado de profesionalidad acredita con carácter oficial las competencias profesionales que capacitan para el desarrollo de una actividad laboral con significación en el empleo.
  • Configura un perfil profesional entendido como conjunto de competencias profesionales identificadas en el sistema productivo, y reconocido y valorado en el mercado laboral.
  • Tiene carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, sin que ello constituya regulación del ejercicio profesional.
  • Cada certificado de profesionalidad acredita una cualificación del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
Con los certificados de profesionalidad se trata, por tanto, de proporcionar a los/as  trabajadores/as la formación requerida por el sistema productivo y acercar los certificados a la realidad del mercado laboral.

¿Cuál es la finalidad de los certificados de profesionalidad?

Los certificados de profesionalidad tienen por finalidad:
  1. Acreditar las cualificaciones profesionales o las unidades de competencia recogidas en los mismos, independientemente de su vía de adquisición, bien sea a través de la vía formativa, o mediante la experiencia laboral o vías no formales de formación según lo que se establezca en el desarrollo del artículo 8 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.
  2. Facilitar el aprendizaje permanente de toda la ciudadanía mediante una formación abierta, flexible y accesible, estructurada de forma modular, a través de la oferta formativa asociada al certificado.
  3. Favorecer, tanto a nivel nacional como europeo, la transparencia del mercado de trabajo a empleadores/as y a las personas  trabajadoras.
  4. Ordenar la oferta formativa del subsistema de formación profesional para el empleo vinculada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
  5. Contribuir a la calidad de la oferta de formación profesional para el empleo.
  6. Contribuir a la integración, transferencia y reconocimiento entre las diversas ofertas de formación profesional referidas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

¿Quién expide los certificados de profesionalidad?

Los certificados de profesionalidad son expedidos por el Servicio Andaluz de Empleo, en los siguientes supuestos:
  • A aquellas personas que participen en  cursos de Formación Profesional para el Empleo impartidos en el ámbito de gestión del Servicio Andaluz de Empleo.
  • A aquellas personas participantes en los programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI) desarrollados por la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía.
  • A aquellas personas que participen en procedimientos de acreditación de competencias adquiridas por la experiencia laboral o las vías no formales de formación que se desarrollen en Andalucía.
Por otra parte,  serán expedidos por la Administración General del Estado, a través del Servicio Público de Empleo Estatal, en los siguientes supuestos:
  • A las personas que participen en cursos de Formación Profesional para el Empleo gestionados directamente por el SPEE. (por ejemplo, los planes de formación para trabajadores/as ocupados/as gestionados por la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo).
  • A aquellas personas que  participen en procedimientos de acreditación de competencias adquiridas por la experiencia laboral o las vías no formales de formación convocados por el SPEE.

¿Cómo se puede obtener?

Los certificados, son el instrumento de acreditación oficial de las cualificaciones profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en el ámbito de la administración laboral y pueden obtenerse de dos formas:
  1. Tras la superación de todos los módulos formativos que integran el certificado de profesionalidad.
  2. Mediante la superación de los procedimientos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, una vez que éstos se implanten y previa la realización de las correspondientes convocatorias de los citados procedimientos que se publicarán, en nuestra Comunidad Autónoma de Andalucía, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el caso de que la  convocatoria  se produca a nivel estatal, será publicada en el Boletín Oficial del Estado
También se puede obtener mediante la acumulación de acreditaciones parciales de las unidades de competencia que comprenda el certificado de profesionalidad.

¿Quién puede solicitar un certificado de profesionalidad?

Pueden solicitar un certificado de profesionalidad, aquellas personas que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
  1. Que hayan superado con evaluación positiva todos los módulos que componen un certificado de profesionalidad, tras haber realizado un curso de formación profesional para el empleo, ya sea:
    • de la programación de formación de oferta dirigida prioritariamente a trabajadores/as desempleados/as.
    • de la programación de formación de oferta dirigida prioritariamente a personas ocupadas.
    • del programa de Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Empleo.
  2. Siempre que lo hayan realizado en una entidad acreditada por el Servicio Andaluz de Empleo.
  3. Los alumnos que hayan superado con evaluación positiva, en el ámbito de la administración educativa, un curso del Programa de Cualificación Profesional Inicial, en el que se haya programado una especialidad conducente a un certificado de profesionalidad.
  4. Aquellas personas que participen en el Procedimiento de acreditación de competencias adquiridas a través de la experiencia laboral, o las vías no formales de formación, siempre y cuando demuestren que poseen todas las competencias comprendidas en el certificado de profesionalidad correspondiente.

    Quienes no hayan completado todos los módulos que componen el certificado de profesionalidad, podrán solicitar  la acreditación parcial acumulable de las unidades de competencia que hayan superado a través de un proceso formativo.

¿Cuáles son las especialidades formativas conducentes a certificados de profesionalidad?

El Repertorio Nacional de Certificados de Profesionalidad es el conjunto de los certificados de profesionalidad ordenados sectorialmente en las actuales 26 familias profesionales y de acuerdo con los 5 niveles de cualificación establecidos por el Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre.
Las especialidades formativas conducentes a certificados de profesionalidad, pertenecientes a alguna de las 26 familias profesionales, se pueden consultar en "Especialidades F.P.E.", dentro de la temática "Formación" de la web de la Consejería de Empleo. Igualmente, está disponible el "Listado de Especialidades conducentes a certificados de profesionalidad" (especialidades acreditables).


¿Cómo y dónde se puede solicitar un certificado de profesionalidad?

Para solicitar el certificado de profesionalidad, ha de presentarse la solicitud junto con la documentación acreditativa de haber superado con evaluación positiva el curso conducente al certificado. La solicitud se presentará preferentemente por vía telemática, también se puede presentar en el Registro de la Consejería de Empleo o, en su defecto, en cualquiera de los órganos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en los registros establecidos en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.

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